domingo, 18 de mayo de 2008

Derechos


















Desde ahora las parejas homosexuales también podrán acceder a la pensión de sobrevivientes.


Así lo decidió la Corte Constitucional al respaldar una demanda que reclamaba igualdad de derechos para las parejas homosexuales y heterosexuales. En ella determinó que las parejas de un mismo sexo tienen derecho a cobrar pensiones tras el fallecimiento de su compañero o compañera.

La demanda en reclamo del derecho al cobro de pensión fue presentada en agosto de 2007 por el grupo no gubernamental Colombia Diversa -de lesbianas, gays y bisexuales-, alegando que la ausencia del derecho al cobro pensional violaba derechos constitucionales de igualdad de las personas, informó en entrevista telefónica Marcela Sánchez, presidenta del grupo surgido en 2003.

La oficina de prensa de la Corte confirmó el fallo a favor.

Según Colombia Diversa, en este país, de 42 millones de habitantes, al menos del 8 al 10 por ciento de la población sería homosexual, y al menos 300.000 colombianos viven en parejas del mismo sexo, dijo Sánchez.

Indicó que aunque Colombia ha logrado avances como permitir las uniones civiles de parejas del mismo sexo, con la autorización de registrarla ante una notaria desde febrero del 2007, aún quedan temas por resolver como en que leyes penales una lesbiana, gay o bisexual pueda invocar el mismo derecho de no ser obligado a declarar en contra de su pareja en un proceso judicial.

La decisión de la Corte es válida tanto para los sistemas de pensiones públicos como privados y el compañero o compañera sobreviviente podrá cobrar la pensión acumulada por su pareja fallecida, dijo Sánchez.

Se estima que el impacto del fallo en el sistema público de pensiones será de unos 7.000 millones de pesos anuales (unos 3,8 millones de dólares), de acuerdo con un estudio de Colombia

Diversa.

En 2007, la Corte falló también a favor que los homosexuales puedan incluir a sus parejas en sus planes de seguros de salud.



* tomado de El Universal